1. Identificar la conducta constitutiva de acoso o violencia
La Ley Karin protege contra el acoso sexual, el acoso laboral y la violencia ejercida por terceros (clientes o proveedores). A diferencia de la normativa anterior, no requiere reiteración sistemática si la conducta es de gravedad suficiente para lesionar la dignidad.
2. Presentar la denuncia escrita o verbal
La denuncia se presenta por escrito o verbalmente ante la empresa o ante la Inspección del Trabajo. Debe contener la identificación del denunciante, los hechos relatados con fecha y lugar, y los medios de prueba (correos, mensajes de WhatsApp, cartas o testigos).
3. Adopción de medidas de resguardo inmediatas
Una vez recibida la denuncia, la empresa debe aplicar en 24 horas medidas cautelares inmediatas: separación de lugares de trabajo, cambio de turno, suspensión preventiva del investigado o facilidades de teletrabajo para proteger la salud mental del afectado.
4. Investigación de 30 días e informe de la Inspección
La investigación dura máximo 30 días. Si es llevada por la Inspección del Trabajo o remitida a ella, el informe resultante es vinculante. Si se constata la infracción, la empresa debe aplicar las sanciones correspondientes o arriesga multas severas e indemnizaciones judiciales.
Derechos del trabajador ante un despido o represalia por denunciar
La Ley Karin establece una protección reinforced contra las represalias. Si un trabajador es despedido o menoscabado tras presentar una denuncia o servir de testigo en una investigación de la Ley Karin, la ley presume que se violaron sus derechos fundamentales.
Acciones judiciales disponibles:
- Tutela Laboral: Demanda judicial por vulneración de derechos fundamentales (art. 485 del Código del Trabajo), con indemnizaciones adicionales de 6 a 11 meses de sueldo.
- Autodespido o despido indirecto: El trabajador se da por despedido por incumplimiento grave del empleador, cobrando sus años de servicio con recargo del 50% al 80%.
- Denuncia ante la Dirección del Trabajo: Fiscalización de la Dirección del Trabajo con multas de hasta 150 UTM para la empresa.
Si sufres acoso o estás evaluando una denuncia, es altamente recomendable contar con patrocinio de un abogado laboralista especialista en tutela laboral.